ADAPTACIÓN LOPD

Es EL NUEVO REGLAMENTO UE 2016/79 REGLAMENTO GENERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS EUROPEO RGPD DE 27 DE ABRIL DE 2016, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) la que regula el tratamiento de datos personales en las empresas, organismos públicos y actividades profesionales. Todas las empresas están obligadas a su cumplimiento.

TRITUPAPEL, consciente de la importancia de esta ley y de su aplicación, le ofrece un servicio de adaptación a dicha ley, para lo que  facilitamos la posibilidad de realizar cualquier consulta que sea de su interés.

¿Por qué adaptarse?

  1. Porque es obligatorio.
  2. Para evitar errores y prevenir sus graves consecuencias.
  3. Porque se protege el fondo de comercio más importante de la empresa: Los clientes.
  4. Porque los consumidores son cada día más conscientes de sus derechos.
  5. Porque no adecuarse puede suponer sanciones desde 950 Euros.
  6. El equipo de expertos en Protección de Datos le ofrece las soluciones jurídicas más adecuadas para cada empresa independientemente de su actividad, tamaño o tipología.

La labor de adecuar una empresa a la LOPD no sólo sirve para cumplir con la ley y evitar sanciones administrativas y económicas, sino también para garantizar la seguridad jurídica, técnica y organizativa, la confidencialidad y el pleno ejercicio de los derechos personales.

Le proponemos unos servicios integrales de adecuación, hecho a la medida de su empresa y respondiendo a las obligaciones que impone la Ley.

La LOPD, con el fin de regular el tratamiento de datos personales, impone diversas obligaciones que pueden variar en función del tipo de dato.

Las principales obligaciones son:

  1. Notificar ante la Agencia Española de Protección de Datos todos los ficheros que contengan datos de carácter personal.
  2. Adecuar la actividad a las obligaciones establecidas para recabar, tratar y comunicar datos de carácter personal.
  3. Elaborar el Documento de Seguridad. En el caso de tratar datos de nivel medio y/o alto (salud, sindicatos, infracciones administrativas, orientación sexual, etc.), destaca entre otras la obligación de realizar auditorias de seguridad de carácter bienal.
  4. Realializar copias de seguridad periodicas y garantizar conservación y recuperación de los datos en caso de ser de nivel alto.
  5. Mantener el Documento de Seguridad debidamente actualizado. (art. 88.7 del R.D.) 1720/2007.

TRITUPAPEL ofrece estos servicios mediante su colaborador www.piconyasociados.es



Política de privacidad

Aviso legal

Diseño web : LugoInternet